AESA ha publicado un borrador del Real Decreto UAS. Parece que vamos bien encaminados en cuanto a la regulación de la normativa. De momento solo "parece" porque es solo un borrador. De momento no hay nada definitivo hasta que se apruebe el Real Decreto. Para esto último, a día de hoy no hay fecha.
¿Dónde puedo volar drones?
Con el nuevo Real Decreto UAS, una vez que se apruebe van a cambiar las zonas geográficas donde se podrán volar drones. El borrador incorpora un nuevo concepto:
Zonas geográficas generales: Centrales térmicas, prisiones, comisarias, infraestructuras de comunicación, etc.
Zonas geográficas particulares: Las zonas que no estén contempladas dentro de las zonas generales y que por unas características u otras se consideren que tienen que ser protegidas.
En ambas zonas, cuando se apruebe el Real Decreto no podremos volar (salvo autorización) en ninguna de ellas. La buena noticia de esta implementación es que estará más claro donde podremos volar nuestros drones y, sobre todo, donde no. Ese mapa con esas zonificaciones lo tendremos en nuestro app de vuelo de DJI. Hasta ahora DJI aportaba un mapa son zonas restringidas que no son las oficiales.
Vuelo en CTR y zonas FIZ
Los vuelos en CTR van a cambiar. Y es que aunque se mantengan, se podrá volar en VLOS hasta los 60 metros de altura. Lógicamente las zonas de aeropuertos, aeródromos y helipuertos van a estar limitadas y nos vamos a tener que coordinar con ellos pero conforme nos vayamos alejando se podrá volar hasta los 60 metros. Parece que por fin se ha entendido que volar cerca del suelo no afecta a este tipo de zonas para nada.
Otra de las buenas noticias es que todos los aeropuertos y aeródromos tendrán el mismo procedimiento a la hora de autorizar o no autorizar esos vuelos por lo que los pilotos tendrán mas claro cómo hacer ese procedimiento.
Vuelo en ATZ
A expensas de un enuncio oficial, el carnet de radiofonista será necesario (al igual que ahora) para volar en zonas ATZ para poder estar en contacto con la torre de control o incluso con otras aeronaves tripuladas que estén en la zona. A partir de la aprobación del Real Decreto será AESA quien imparta la teoría para la obtención del carnet de radiofonista pero las prácticas tendrán que hacerse a través de una entidad reconocida para ello.
Vuelo en ciudad
A partir de que entre en vigor el Real Decreto, se considerará entorno urbano a :
- Núcleos de población con áreas consolidadas por la edificación.
- Áreas residenciales, comerciales o industriales cuyos terrenos cuenten, acumulativamente, al menos, con accesos rodados, vías públicas pavimentadas para acceso peatonal, evacuación de aguas y alumbrado público.
- Áreas recreativas, que sean de acceso público y en las que existan construcciones o instalaciones, permanentes o eventuales para el ocio, el recreo o el deporte.
En este caso el entorno urbano sería una zona mas restrictiva porque antes solo bastaba con esta a 150 metros de las edificaciones. Según ese cambio, si en dicha distancia hay parques también se consideraría entorno urbano.
Una vez más un inmenso ridículo de nuestros gobernantes. Yo ahora vuelo el 90% en la UE y no existen estas medidas draconianas aunque siguen habiendo medidas absurdas. Supongo que mejor que en paises donde se prohiben los drones directamente.
Lo del registro en Ministerio del Interior de traca.
En breve controlarán cuantas bocanadas de aire cogemos por día.
Yo seguiré volando sobre edificios con mi dron de 249 gramos lo autorice o lo prohiba esta nueva norma absurda.
Me han regalado un dron potensic atom SE menor de 250gr. Vivo en Pamplona, al lado hay una parque que normalmente no hay nadie, no se si puedo volarlo ahi. Gracias.